EL ALCALDE–PRESIDENTE DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
(MADRID), DON JOSÉ LUIS MARTÍN GONZÁLEZ.
ASUNTO: MEDIDAS SANITARIAS PARA PREVENIR LA DIFUSIÓN DE LA INFLUENZA
AVIAR EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
HACE SABER:
La influenza aviar es una enfermedad muy grave para las aves, que suele cursar con alta mortalidad, y altamente contagiosa, y cuya aparición supone una traba para la comercialización de aves de corral y huevos. Además, puede afectar de forma esporádica a otros mamíferos y al hombre, siempre en condiciones de estrecho contacto de aves infectadas.
La influenza aviar altamente patógena provoca enfermedad de carácter sistémico y es extremadamente contagiosa, con una elevada mortalidad en 24 horas en explotaciones avícolas comerciales. Esta enfermedad está incluida en la lista única de enfermedades de notificación obligatoria de la Organización Mundial de Sanidad Animal y en la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la Unión Europea, y dispone de unas medidas específicas de lucha reguladas en el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales, así como en el Reglamento
(UE) 2020/687 de la Comisión que lo completa.
Ante el aumento del riesgo de difusión de la enfermedad en los últimos meses, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, por la que se establece la medida de confinamiento de explotaciones de aves de corral y otras medidas cautelares para la prevención y control del contagio por influenza aviar en todo el territorio nacional.
El 5 de enero se ha notificado un nuevo foco en aves silvestres en Cercedilla, en cuya zona de afectación se incluye nuestro municipio.

















