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Ante la publicación de esta ordenanza en el BOE y dadas las dudas surgidas que nos han llegado al Ayuntamiento, informamos que nuestro municipio no cumple los requisitos. Aunque somos un municipio de menos de 10.000 habitantes, superamos la densidad de 100 habitantes por km2, aquí podéis ver la densidad.

En concreto nuestro municipio tiene una densidad que supera los 190 habitantes por km2, superando los 100 habitantes que marca la ordenanza.

Muy a nuestro pesar, nuestro municipio no cumple los requisitos para poder liberar las restricciones actuales. Por tanto comunicamos que debemos seguir como estábamos, es decir con limitaciones horarias y sin apertura de establecimientos de hostelería y restauración.

Ante esta situación, desde el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, se están realizando todas las gestiones posibles con la Delegación del Gobierno, con el fin de que se pueda modificar esta normativa de alguna manera, para que municipios como el nuestro puedan acogerse a la nueva norma. Si se recibe alguna notificación al respecto, se comunicará inmediatamente a la población a través de nuestras redes sociales.

Esto es lo que dice la Orden:

Artículo 2. Ámbito de aplicación.


1. Esta orden será de aplicación tanto a los municipios como a los entes de ámbito territorial inferior al municipio recogidos en el artículo 24 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando tengan menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

Enlace a la densidad de población : http://www.madrid.org/desvan/desvan/AccionDatosUnaSerie.icm?codTema=201092&codMun=0186

Enlace a la ordenanza completa en el BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/22/pdfs/BOE-A-2020-5218.pdf