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Actividades exceptuadas del ámbito de aplicación Real Decreto-ley 19/2012 y de la Ley 2/2012


 B) Actividades NO recogidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.           

Estas actividades no se podrán regir por la presentación de la Declaración Responsable o Comunicación Previa, las cuales son:    

Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Industrias en general.    

Cualquier otra actividad no recogida en los anexos del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.


 Para este tipo de actividades consultar con los Servicios Técnicos.